miércoles, 20 de mayo de 2015

Salón de Artes Visuales de la provincia de La Pampa
- Sección Pintura - Edición 2015 -
CONVOCATORIA NACIONAL
Bases y Reglamento
Artículo 1
La Subsecretaría de Cultura de la Provincia de La Pampa, organiza el Salón de Artes Visuales de la provincia de La Pampa – Sección Pintura - Edición 2015, regido por el presente Reglamento.
Artículo 2
Podrán participar de este Salón las obras de artistas argentinos o extranjeros con residencia permanente en Argentina.
Admisión de las obras
Artículo 3
Serán admitidas para su selección, todas las expresiones Plásticas, cualquiera sea su técnica o procedimiento, siempre que se encuadren y se ajusten a lo que determina el Art.5º.
Artículo 4
Se admitirán dípticos y trípticos, siempre que las partes que lo integren mantengan estrecha relación y unidad del tema y del procedimiento, no siendo simplemente varias obras de distinto carácter reunidas en un solo cuerpo, y que además se ajusten en sus medidas y en su conjunto a lo dispuesto en el inciso c) del Art. 5º.
La no admisión
Artículo 5
No serán admitidas ni ingresadas, al momento de la inscripción las obras que no se enmarquen en el presente artículo:
a) Las no comprendidas en los Art. 2º, 3º y 4º y 5ª
b) Las que hayan sido expuestas anteriormente en lugares institucionales, públicos, o que hayan concursado en salones nacionales, provinciales, municipales o privados.
c) Las obras que se excedan de 120 cm en su lado mayor y no alcancen los 60 cm en su lado menor incluido el marco.
d) Las obras que no lleven firma del autor.
e) Las acuarelas, temperas o técnica similares sin vidrio, plástico o acrílico protector.
f) Las que lleguen deterioradas
g) Las de artistas fallecidos.
h) Las que no tengan maneas para colgar.
i) Las copias totales o parciales (la comprobación de plagio inhabilitará al artista a posteriores presentaciones.)
j) Las obras que tengan más de dos años desde su fecha de ejecución.
La recepción de las obras
Artículo 6
Las obras destinadas al Salón de Artes Visuales de la provincia de La Pampa – Sección Pintura- Edición 2015, deberán ser enviadas a:
MUSEO PROVINCIAL DE ARTES
9 de Julio 305, (6300)
SANTA ROSA – LA PAMPA
Teléfono (02954) 427332
E-mail: Culturamuseoprovincialdearte@lapampa.gov.ar
La Subsecretaría de Cultura, sólo tendrá en cuenta las obras entregadas en la sede mencionada, y no se hace responsable por aquellos trabajos que queden depositados en sedes transportes o terminales por no haber sido enviadas a la dirección correcta.
Artículo 7
Los participantes podrán enviar hasta una (1) obra, realizada por un solo artista.
Artículo 8
Al reverso de la obra se deberá consignar: nombre y apellido, título de la obra, técnica, dimensiones y año de ejecución.
Artículo 9
Las obras remitidas al Salón irán acompañadas de la planilla de inscripción, consignando nombre y apellido, fotocopia de documento de identidad 1ª y 2ª Pág., fecha de nacimiento, título de la obra, procedimiento y materiales empleados por cada sección en la que participan. Se incluirá curriculum actualizado a la fecha de la presentación. La planilla, en la cual se manifestará conocer y aceptar el presente Reglamento, tendrá carácter de DECLARACION JURADA.
Atención: Las obras no se recepcionarán sin la documentación antes mencionada, la misma es fundamental para el pago de los premios.
Artículo 10
En cada caso se expedirá un recibo que servirá para la devolución de las obras depositadas, la que se efectuará en el mismo lugar de la recepción.
Artículo 11
La Subsecretaría de Cultura velará por la buena conservación de las obras depositadas, pero de ninguna manera se hará responsable por su destrucción, deterioro, pérdida, extravío, hurto, robo, daños ocasionados a/o por terceros, caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otro siniestro ocurrido al o por el objeto entregado en depósito.
Artículo 12
El retiro de las obras podrá hacerse personalmente contra entrega del recibo que otorgó la Subsecretaría de Cultura al momento de su recepción. Si el retiro se efectuará a través de interpósita persona, ésta deberá presentar una autorización firmada por el autor de la obra exhibiendo documento de identidad.
Artículo 13
Los artistas que no fueran seleccionados deberán retirar sus obras en el lapso de diez (10) días posteriores a partir de la actuación del jurado. Transcurrido este plazo las obras serán remitidas a los domicilios de los respectivos autores (locales o fuera de la provincia de La Pampa) con transporte a pagar en destino.
De igual modo, clausurado el salón, las obras expuestas deberán ser retiradas dentro de los diez (10) días posteriores a la clausura. Vencido este plazo, los trabajos serán enviados a los domicilios de los respectivos autores, locales y fuera de la Provincia, con transporte a pagar en destino. El Museo no se hará cargo por los deterioros que puede ocasionar esta acción.
El Museo no se hará cargo de fletes internos, de manera que los artistas que enviaren obras por un determinado transporte, deberán prever el traslado desde la oficina del mismo hasta la sede del Museo como así mismo el retiro desde la puerta del Museo hasta la terminal.
Constitución del Jurado
Artículo 14
El Jurado de Selección y Premios estará constituido por tres miembros nominados por la Subsecretaría de Cultura, quienes deberán ser profesionales en la especialidad, poseer antecedentes notorios y reconocida actuación. Ningún miembro del Jurado podrá actuar como tal en dos salones consecutivos.
Artículo 15
Ninguno de los Jurados podrá participar con sus obras en el presente certamen ni tampoco familiares directos de los mismos.
Artículo 16
Será tarea del Jurado la Selección y el otorgamiento de los premios que se estipulen.
Artículo 17
El voto del Jurado es obligatorio y, tanto para la selección como para la adjudicación de recompensas, será por simple mayoría de votos.
Artículo 18
La Subsecretaría de Cultura de la Provincia de La Pampa asignará una retribución a cada uno de los Jurados.
A los Jurados que deban viajar para el desempeño de su cometido se les abonarán los gastos de traslado y estadía, además de la asignación establecida.
Artículo 19
De las actuaciones de los Jurados se labrará el Acta correspondiente en la que se dejará constancia de cada voto y demás ampliaciones de concepto que el Jurado estime consignar. Una vez firmada, será definitiva, y no podrán reverse las decisiones que consten en la misma. Su publicación se efectuará a través de la Subsecretaría de Cultura por los órganos de información pertinentes.
Artículo 20
El fallo del Jurado es inapelable.
Régimen de Recompensas
Artículo 21
PRIMER PREMIO “SUBSECRETARIA DE CULTURA DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA” (adquisición)_______________________________________________________$ 10.500,00 y Placa
SEGUNDO PREMIO “AMILCAR EVANGELISTA” (adquisición)_______________$ 6.000,00 y Placa
TERCER PREMIO (adquisición)________________________________________ $ 3.000,00 y Placa
PREMIO MEJOR OBRA DE AUTOR PAMPEANO (adquisición)______________ $ 6.750,00 y Placa
PREMIO denominado “ANDRÉS ARCURI, AL MEJOR PAISAJE PAMPEANO”
(Adquisición)_______________________________________________________ $ 6.000,00 y Placa
Premio Estímulo “PLÁSTICOS PAMPEANOS” ______________________________________Placa
MENCIÓN DE HONOR___________________________________________________________Placa
PREMIO “CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA”
A LA OBRA DE AUTOR PAMPEANO (Adquisición) ________________________ $ 7.000,00 y Placa
Atención:
• Documentación necesaria para tramitar pago de premios: DNI (fotocopia), comprobante de CBU de cuenta bancaria a nombre del artista premiado (original extendido por el banco, no puede ser de Internet ni de cajero automático). La documentación antes mencionada deberá ser presentada la semana siguiente a la jura del Salón, la misma es fundamental para el pago de los premios.
Artículo 22
Los montos establecidos en el artículo 22, que fueran declarados desiertos serán destinados al Museo Provincial de Artes.
Artículo 23
Los participantes no podrán aspirar a más de un premio en el presente Salón.
Artículo 24
Los participantes no podrán ser acreedores de un premio menor al obtenido en el último salón de la disciplina.
Artículo 25
Los participantes que obtengan el 1º Premio en este Salón no podrán aspirar al mismo galardón, hasta pasados los próximos dos salones en esta disciplina.
Artículo 26
Un agente administrativo designado por la Subsecretaría de Cultura de La Pampa, asistirá a los Jurados en su labor, con la facultad de hacer cumplir el presente Reglamento.
Artículo 27
Los concursantes que hayan sido galardonados con cualquiera de los premios adquisición, se comprometen a brindar a la Subsecretaría de Cultura, un informe pormenorizado del procedimiento y marcas de materiales empleados en la obra, a los efectos de facilitar la tarea en futuras posibles restauraciones.
Artículo 28
Los miembros del Jurado del presente Salón, al aceptar el cargo, deberán expresar que conocen y acatan el presente Reglamento.
Artículo 29
Todo caso no previsto en la presente reglamentación será resuelto por la Subsecretaría de Cultura de la Provincia de La Pampa.
Recepción y admisión
RECEPCIÓN DE OBRAS
Lunes 6 al jueves 16 de julio de 2015.
Horario: 8 hs. a 13 hs.
JURADO DE SELECCIÓN Y PREMIOS
Viernes 17 de julio de 2015.
INAUGURACIÓN
Viernes 7 de agosto a las 20 hs.
Fecha de cierre de la muestra domingo 6 de septiembre de 2015.
SE RUEGA REALIZAR EL ENVÍO DE LA OBRA CON UN EMBALAJE RESISTENTE Y DURABLE.

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