miércoles, 31 de agosto de 2016



 
 
 



27 de Ab, 5776


Seguimos analizando el sexto mandamiento y su aplicación en situaciones médicas complejas.   Ayer explicamos que el Talmud discute y permite en ciertas condiciones el aborto terapéutico, es decir, cuando la vida de la madre está en peligro. 

Ahora bien, salvo por motivos médicos, el aborto está estrictamente prohibido por la ley judía. Sin embargo, la ley judía no considera el aborto como asesinato, es decir, un crimen que merecía la pena de muerte en los tiempos en que los tribunales judíos aplicaban la ejecución. La Torá menciona explícitamente el caso en el que una persona negligentemente provoca que una mujer embarazada aborte a su bebé (Shemot 21:22) y no considera ese caso como homicidio, sino que aplica otro tipo de pena para el agresor ( ונתן בפלילים).  A este respecto, el judaísmo es diferente de otras religiones, por ejemplo, el cristianismo. Para la iglesia católica la vida comienza en la concepción y por lo general equipara el aborto con el asesinato. 
  
Para la ley judía la prohibición de abortar, se enmarca dentro del crimen de daños corporales o mutilación ( חבלה), no asesinato (רצח, hay muy pocos rabinos que disienten en este punto). Ya que el individuo se considera una persona legal solo una vez que nace. Antes de nacer, es considerado como yerej imó, o sea, un miembro del cuerpo de la madre. Esta consideración tiene implicancias, por ejemplo, para la determinación del aborto cuando se detecta una malformación congénita en el feto. Este tipo de casos representan un nuevo reto en la ley judía. Me explico. Obviamente, los rabinos del Talmud o de la Edad Media, Maimónides o Shulján Aruj, no abordaron estos casos, porque sólo en nuestros días tenemos la capacidad de determinar la salud de un bebé en el útero materno. Al igual que en otros casos como trasplante de órganos, no existe una legislación Talmúdica sobre la cual nos podamos basar para determinar la ley.  Y es importante saber que cada vez que no podemos encontrar un antecedente directo en la ley Talmúdica, generalmente nos encontraremos con más de un  opinión rabínica, que basadas en analogías Talmúdicas, y no en precedentes legales, llegarán a conclusiones diferentes, y muchas veces opuestas. El tema que recién mencionamos, el aborto en un caso de malformación genética, no es una excepción a esta regla.  El caso de Tay-Sachs, por ejemplo,  una gravísima enfermedad genética que destruye progresivamente el sistema nervioso y resulta en la muerte del individuo a una edad muy temprana,  ha sido analizado por los legisladores rabínicos modernos (= posqim). Y si bien la mayoría de los rabinos se inclinan a autorizar el aborto en este caso específico, no existe un consenso absoluto al respecto. 
Aparte del tipo de malformación se discute por ejemplo, en qué mes del embarazo se detecta el problema, la situación emocional de la familia, la forma en que se haría el aborto, etc. 

Desde un punto de vista halájico, en casos como éste, donde no hay precedentes Talmúdicos directos y no existe un consenso entre las autoridades rabínicas, cada situación debe ser analizada en particular, consultando con los rabinos de la comunidad de uno respecto a los criterios a seguir.


undefined             Visit our blog                   Like us on Facebook
 
                                                          
 
Rab Yosef Bittón
Comunidad Ohel David UShlomo
710 Shore Boulevard, Brooklyn, NY. 

martes, 30 de agosto de 2016

CURSOS ....................




26 de Ab, 5776
לא תרצח


 
Ayer comenzamos a explorar el sexto mandamiento y explicamos algunos ejemplos de crímenes categorizados como "homicidio" legislados en la ley judía. 

Hoy veremos de qué manera se relaciona el aborto con el homicidio.   

El caso de aborto discutido en el Talmud se refiere a lo que hoy llamamos "aborto terapéutico", es decir, cuando la vida de la madre que va a dar a luz está en peligro, y los médicos estiman que la única manera de salvar su vida es  sacrificando al bebé que aún no nació. En este caso, las primeras fuentes rabínicas (Mishná Aholot, 7: 6, escrita ca.200 de la era común) establecen de manera consensuada que el feto debe ser sacrificado con el fin de salvar la vida de la madre. Este caso se relaciona con homicidio, pero NO en la forma que, muchos pueden suponer.  La Mishná da a entender que en esta situación el bebé que está por nacer se considera desde un punto de vista legal "rodef", que como explicamos ayer significa "un homicida en potencia" con respecto a su madre,  y por lo tanto se aplica el principio de "defensa propia": Si "A", en este caso la madre, va ser matado por "B", en este caso el bebé, se debe sacrificar a  "B"  para salvar la vida de "A" ( habba lehorgeja hashkem lehorgo, Sanhedrín 72a). El bebé, irónicamente, es considerado como un rodef "involuntario".

Unas generaciones más tarde, los sabios del Talmud analizaron esta declaración de la Mishná y se preguntaron qué sucede cuando el bebé ya está en el proceso mismo de su nacimiento. Por ejemplo, si ya sacó su cabeza, y se establece ahora por los médicos que de proseguir el parto, la vida de la madre corre peligro ¿se siguen aplicando los mismos criterios de defensa propia, y se sacrifica la vida del bebé para salvar la vida de la madre? Los Sabios entendieron que esta es una situación distinta. ya que el bebé sigue siendo el "rodef" de la madre, pero ahora la madre es también el "rodef" de este bebé. Dicho en términos muy simples,Los Sabios explicaron que antes de nacer el bebé, la vida de la madre tiene prioridad, porque el bebé es todavía un feto, una vida potencial. Pero una vez que el bebé nace, es decir, su cabeza y / o la mayor parte del cuerpo ya está fuera, su vida no debe ser sacrificada, ya que la madre y el bebé están en una situación de igualdad. En este caso, por lo tanto, los médicos deben hacer todo lo posible para salvar la vida de ambos.

Continuará... 

undefined             Visit our blog                   Like us on Facebook
 
                                                          
 
Rab Yosef Bittón
Comunidad Ohel David UShlomo
710 Shore Boulevard, Brooklyn, NY. 
 

lunes, 29 de agosto de 2016

 
La Orden de la Bicicleta visitará Bº Las Lomas en la capital provincial

Será el próximo sábado 3 de septiembre desde las 15 horas en el playón de Espora y Padre Vieyra, en la ciudad de Santa Fe. Acceso libre y gratuito.

El programa provincial “La Orden la Bicicleta. Cultura sobre ruedas”, creación del ministerio de Innovación y Cultura, viaja nuevamente y llegará el próximo sábado 29 de agosto al Barrio Las Lomas de la ciudad de Santa Fe.

Desde las 15 horas, con entrada libre y gratuita, en el playón ubicado en Espora y Padre Vieyra, se podrá disfrutar de las “Bicis” de costura, collages, construcciones, cuentos, animación y mucho más, para homenajear los viejos oficios en un encuentro de creación, identidad y convivencia junto a toda la familia.

LA ORDEN DE LA BICICLETA
Al modo de los antiguos oficios, pero también a la manera de las nuevas formas de convivencia urbana, los ciclistas de la cultura llevan cartas y textos de todo tipo para escribir; y otros libros y cuentos y muchas historias para inventar; un bicicletero arregla bicicletas, gomas pinchadas y es capaz de armar una nueva que funcione con partes olvidadas que perdieron su destino; hay una bicicleta dedicada a las telas, las lanas y todos los objetos que podamos coser y bordar jugando y antes de salir a jugar; mientras otro vehículo construye y representa historias.

Y así esta caravana de bicicletas llega a un campito, arma un lugarcito de fiesta y reunión y le pide a todas las bicicletas del barrio y a los peatones que los acompañen a la celebración, el juego del movimiento, el instante de vivir y convivir.

Inventar y moverse es la consigna. Pedalear nuestra vida e ir al encuentro de los demás. Hacer mejores barrios, mejores ciudades, abrir asombros para descubrir misterios, poesía, afecto y solidaridad. 

 
Búfalo Blanco” en el ciclo Viernes en La Mirage

La propuesta es para todos los viernes a las 21 horas en el multiespacio La Mirage en la ciudad de Santa Fe. Entrada gratuita con retiro anticipado.

El próximo 2 de septiembre continuará la temporada 2016 de la propuesta Viernes en la Mirage con Búfalo Blanco”, una de las bandas de rock de Santa Fe y zona con más años de trayectoria.

Será en La Mirage (1º Junta 2518, Santa Fe), a las 21 horas, con entrada libre y gratuita, que podrán retirarse anticipadamente a partir de las 20 horas en la misma sala.

El ciclo “Viernes en La Mirage”, es una iniciativa del ministerio de Innovación y Cultura, por donde desfilarán diferentes expresiones culturales, artísticas, teatrales, musicales y de danzas, movimientos experimentales y artistas de la provincia y del país.

BÚFALO BLANCO
Se formó en 1987 en la ciudad de San Carlos Centro por los hermanos Carlos y Daniel Fassino, dos guitarristas de rock y blues regionalmente reconocidos. Aunque su estilo es básicamente Rock 'n' Roll, siempre dentro de éste, en sus composiciones también están presente el Blues, Funk, Hard Rock, baladas, etc.

El gusto musical de los integrantes es amplio y variado con influencia principalmente de grupos y solistas ingleses y americanos de los años 60 y 70. En 1999 grabó y editó en forma independiente su primer disco, “Como Un Viejo Rock 'n' Roll”, producido por Esteban “Pichu” Serniotti (Cabezones) y Búfalo Blanco, con doce temas propios.

En julio de 2016 salió a la calle el nuevo disco llamado “Un Largo Camino”

Actualmente, la banda está integrada por Carlos Fassino (guitarra,voz), Mariano Bernardi (bajo y coros) y Javier Farelli (batería y coros).

EN AGENDA
9 de septiembre: Pasamanos (rock)
16 de septiembre: Que lo tangueó (tango)
23 de septiembre: Dúo Córdoba – Morelli (tango)
30 de septiembre: Itatí Barrionuevo, Juan Candioti, Sergio Ciconi, José Ayala, Matías Marcipar y Nahuel Ramayo (música popular latinoamericana)

Spanish LOGO
 
25 de Ab, 5776
לא תרצח

El sexto mandamiento, "No matarás", a primera vista parece ser el más sencillo de entender. Sin embargo, es uno de los mandamientos más complejos ya que debe ser definido una y otra vez para comprender su extensión, y es también uno de los más relevantes en la modernidad. 

En primer lugar, acordemos que NO MATARÁS es una traducción un poco engañosa. En castellano, como en hebreo, hay una diferencia entre matar y asesinar.   Matar puede incluir el terminar con la vida de animales, mientras que "asesinar" se reduce a matar personas. Este mandamiento se debería traducir entonces como NO ASESINARÁS. 
  
Como dijimos, si bien este mandamiento solo incluye 2 palabras, 6 letras, es complejísimo en términos de su extensión e inclusión. 

La ley judía, al igual que la ley civil de cualquier país civilizado, distingue entre los distintos tipos de "asesinato".  En las siguientes líneas veremos algunas de estas categorías, según las menciona Maimónides. 

En primer lugar, hay un asesinato "permitido" que es el caso de matar en defensa propia . Si alguien se acerca con la intención de matarme (en hebreo: "rodef") entonces para defenderme lo podría matar. Lo mismo sucede si alguien mata al asesino potencial de otra persona inocente. 

En segundo lugar tenemos el asesinato accidental, un caso que está explícitamente legislado en la Torá.  En el texto bíblico se trae el ejemplo de dos personas que van a trabajar al campo,  a talar árboles. A uno de los trabajadores se le escapa la parte de metal de su hacha y hiere mortalmente a su compañero.  En este caso, no existe la intención de matar y tampoco negligencia. Se podría comparar hoy con algunos tipos de accidentes de tránsito, donde se determine que las circunstancias del fatal accidente estuvieron completamente más allá del control del victimario.  En este caso, en los tiempos bíblicos, el asesino no intencional debía exiliarse en las ciudades de refugio.  

En tercer lugar tenemos el asesinato de otra persona cuando ocurre por negligencia: es decir, "A" no tuvo la intención de matar a "B".  Pero tenía que haber previsto ciertos medidas de seguridad para evitar ese accidente. El ejemplo clásico en nuestros días es una persona que maneja a toda velocidad y "accidentalmente" mata a otra persona. Esto se llama negligencia, o en hebreo: peshi'a. Y por supuesto el grado de responsabilidad es muy grande, aunque no haya existido la intención de matar.   

En cuarto lugar, está la situación el la que una persona por ejemplo, golpea intencionalmente a otra, sin intención de matarlo, pero sin querer lo mata.    

Y en quinto lugar, está el caso del asesinato con premeditación, es decir, cuando "A" asesina a "B" intencionalmente.  En este último caso, si se estableciera la culpabilidad e intencionalidad del asesino por dos testigos válidos, entonces cabría la pena de muerte para el asesino (dicho sea de paso, en los tiempos del Sanhedrín, o máximo tribunal judío,  si bien se enviaba a este individuo a prisión y se lo sentenciaba a muerte, era muy raro que se ejecutase efectivamente al prisionero). 

Maimónides también menciona otros tipos de homicidio como por ejemplo: provocar intencionalmente la muerte de otra persona; asesinar a través de un tercero; suicidio, etc.

Cada uno de estos casos merece un tratamiento particular en términos de intencionalidad, responsabilidad, sentencia, etc.  El lector interesado podrá encontrar todos estos casos y más en Mishné Torá, Sefer Neziquín, Hiljot Rotseaj. 

Como se podrá apreciar, este tema que hemos resumido es muy complejo. Pero aquí solo comienza la exploración de este mandamiento.  En los próximos días veremos algunos otros ejemplos de NO ASESINARAS. ¿El aborto, se lo considera asesinato?  ¿Está permitida la eutanasia en la ley judía? ¿Se puede desconectar el pulmotor de un paciente en estado vegetativo? etc. 

undefined             Visit our blog                   Like us on Facebook
 
                                                          
 
Rab Yosef Bittón
Comunidad Ohel David UShlomo
710 Shore Boulevard, Brooklyn, NY. 
 


Claudia del Río presentó un "Gesto Curatorial" de la muestra Secretorama

Fue en el Museo Rosa Galisteo de Rodríguez en la ciudad de Santa Fe. La exhibición puede visitarse en los días y horarios habituales de visita del museo.

Ayer, en instalaciones del Museo Provincial de Bellas Artes “Rosa Galisteo de Rodríguez”, dependiente del ministerio de Innovación y Cultura, la artista visual Claudia del Río presentó una intervención en el espacio de exhibición de la muestra Secretorama.

El gesto curatorial realizado, enmarcado en la investigación que lleva adelante del Río sobre Luis León de los Santos, consiste en el intercambio de obras y la inclusión de documentos, libretas, cartas, fotografías y publicaciones, material que se suma a las obras donadas por Luis León de los Santos y que enriquecen la lectura de su interés como coleccionista.

La muestra se puede visitar en los días y horarios habituales de visita del museo: de martes a viernes de 8 a 12 y de 16 a 19 horas, sábados y domingos 16 a 19 horas.

TRABAJAR CON LA COLECCIÓN
Las palabras de apertura estuvieron a cargo de la directora del museo, Analía Solomonoff, quién reseñó que la idea de una curaduría mutante surgió cuando “Claudia me contó que aún le quedaba mucho material que le interesaba investigar (además del expuesto en el Salón de Mayo) y que deseaba que de alguna manera estuviera presente en la exhibición”.

Esto que estamos `reinagurando´ tiene que ver con una nueva propuesta del museo de trabajar con la colección patrimonial y de hacer estos gestos de experimentación que van un paso más allá de lo establecido en los caminos tradicionales del arte. Y empezar desde el museo a dialogar con otros espacios a nivel nacional e internacional que ya están promoviendo estos nuevos museos que tienen que ver la inclusión de público joven, que justamente es nuestro objetivo el de abrir las puertas a las nuevas generaciones” agregó Solomonoff.

UNA COLECCIÓN DEL TAMAÑO DE UN HOMBRE
Por su parte, Claudia del Río explicó que “celebramos a Luis León de los Santos quién pensó una colección del tamaño de un hombre. Luis León no era un hombre con poder económico, pero sí rico en valores y espiritualidad. Él fue conformando a lo largo de casi cuarenta años una colección en la que domina la obra sobre papel. Su colección es federal ya que la fue conformando con obras de artistas de diversos puntos del país, y tuvo la visión de donarla y de esa forma institucionalizarla y darle valor”.

Cuando el museo me invitó a realizar una investigación, en las planeras encontré dibujos, grabados que estaban dedicados a Luis León y Amparo. Toda la investigación me llevó a la biblioteca y a los catálogos y a un libro editado durante la gestión de Caillet-Bois”, continuó del Río.

Luego la artista se refirió a la distribución de las obras en el espacio museológico y su clasificación, siendo la primera sala un “núcleo doméstico” donde las obras que Luis León tenía en su casa y obras que fueron encargadas a pedido de él y que se vinculaban a sus seres queridos.

En la sala central está el `núcleo de devoción´, protegida por la pintura Nuestra Señora de los Desamparados de Norah Borges y a la tercera sala la llamo el `núcleo del cuerpo´, vinculado al cuerpo materia” agregó la artista.

SECRETORAMA
Luis León de los Santos es protagonista de una de las colecciones más ricas donadas al museo entre las que se cuentan grabados, dibujos, óleos y esculturas. La muestra Secretorama se compone por un tercio de las 364 obras donadas por de los Santos.

Secretorama forma parte del 93º Salón de Mayo, con la figura de invitado de honor. El Salón se realiza anualmente desde la inauguración del Museo, en el año 1922, constituyéndose como un espacio de referencia para los y las artistas de nivel nacional.

MUSEO “ROSA GALISTEO DE RODRÍGUEZ”
4 de Enero 1510, Santa Fe.
Horarios: de martes a viernes de 8 a 12 y de 16 a 19 horas, sábados y domingos 16 a 19 horas.
Visitas guiadas: solicitarlas telefónicamente al (0342) 4573577 o por correo electrónico a museorosagalisteo@santafe.gob.ar